Declaración jurada de ingresos
Declara cuánto ganas al mes y de qué actividad viene, con firma electrónica válida en Chile. Completas el formulario en pantalla, firmas y descargas el PDF el mismo día.
¿Qué es una declaración jurada de ingresos?
La declaración jurada de ingresos es un documento en que tú declaras, bajo juramento, cuánto ganas al mes y de qué actividad viene esa plata. La usan quienes no tienen liquidación de sueldo: trabajadores independientes, personas a honorarios, feriantes, transportistas o comerciantes. Sirve para acreditar capacidad económica ante un banco, un arrendador, un colegio o un organismo del Estado. Al firmarla asumes responsabilidad legal por lo que declaras.
Cuándo se usa
- Pedir un crédito, un cupo o abrir una cuenta cuando emites boletas de honorarios y el banco te pide respaldo de ingresos.
- Arrendar casa o departamento sin liquidación de sueldo: el corredor o el dueño te exige acreditar cuánto ganas al mes.
- Postular a becas, rebajas de arancel o beneficios estudiantiles, donde piden declarar el ingreso de cada integrante del grupo familiar.
- Trámites ante municipalidades, SERVIU u otros organismos del Estado que piden declarar ingresos para un subsidio o beneficio.
- Acreditar ingresos de un oficio sin contrato ni liquidaciones: feria, fletes, servicios a domicilio, oficios esporádicos.
- Respaldar la renta de un aval o codeudor que trabaja por cuenta propia.
Qué necesitas a mano
- Nombre completo, RUT y domicilio de quien declara.
- Actividad u oficio del que provienen los ingresos (por ejemplo: servicios a honorarios, venta en feria, fletes, arriendo de una propiedad).
- Monto mensual promedio en pesos y desde qué fecha percibes ese ingreso.
- Correo electrónico y celular de cada firmante: ahí llega el enlace para firmar.
- A quién va dirigida, si la institución exige que el documento la nombre (banco, colegio, SERVIU, arrendador).
Ojo con esto
Este documento acredita lo que tú declaras, no lo que el SII tiene registrado. Si emites boletas de honorarios, la mayoría de las instituciones va a querer además tu Carpeta Tributaria Electrónica, que se obtiene gratis en sii.cl; la declaración jurada complementa, no la reemplaza. Segundo: la Ley 21.582 prohíbe a los organismos del Estado exigir firma ante notario, salvo que una ley o reglamento lo pida expresamente, pero esa prohibición no alcanza a los privados. Un banco, un colegio o un arrendador todavía puede exigirte notario; pregúntale antes de firmar. Y si la declaración es para un juicio de familia (por ejemplo, pensión de alimentos), revisa con el tribunal: el artículo 3 de la Ley 19.799 deja fuera de la equivalencia con el papel los actos relativos al derecho de familia, y esos trámites tienen su propio canal en la Oficina Judicial Virtual.
Cómo se firma, paso a paso
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Completa el documento
Abres la plantilla con los campos ya definidos y llenas los datos en pantalla. No necesitas Word ni buscar un modelo en internet.
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Invita a quienes firman
Escribes el nombre, RUT y correo de cada firmante. A cada uno le llega un correo con su enlace para firmar desde el teléfono o el computador.
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Recibe el PDF firmado
Cuando todos firman, el documento firmado le llega a cada parte por correo y queda guardado para descargarlo cuando quieras.
Recomendado para este documento: firma electrónica avanzada (FEA). Quien recibe esta declaración —un banco, un colegio, el SERVIU— necesita estar seguro de quién la firmó: la FEA identifica al declarante con un certificado acreditado y, por la Ley 19.799, se equipara a la firma manuscrita, así que resiste una revisión que la firma simple no siempre pasa.
Preguntas frecuentes
¿La declaración jurada de ingresos tiene que ser ante notario?
No siempre. Desde la Ley 21.582 (2023), los organismos del Estado no pueden exigirte autorización notarial de firma, salvo que una ley o reglamento lo diga expresamente. Los privados —bancos, colegios, arrendadores— sí pueden pedirla, porque esa prohibición no los alcanza. Lo práctico: pregúntale a quien te la pide si acepta firma electrónica antes de pagar.
¿Cómo hago una declaración jurada de ingresos si soy trabajador independiente?
Eliges la plantilla, escribes tu RUT, tu oficio o actividad y el monto mensual promedio que percibes. Agregas tu correo, pagas y te llega un enlace para firmar. Con firma electrónica avanzada son $4.990 por firmante y el PDF firmado queda listo en minutos. Si emites boletas de honorarios, acompáñala con tu carpeta tributaria del SII.
¿Cuánto cuesta una declaración jurada de ingresos?
En Apex Firmas cuesta $4.990 por firmante con firma electrónica avanzada (FEA) y $2.990 por firmante con firma electrónica simple (FES). Como normalmente firma una sola persona, la que declara, ese es el total. No se cobra por hoja ni por copia: descargas el PDF firmado las veces que quieras.
¿Cuánto tiempo dura o hasta cuándo vale una declaración jurada de ingresos?
La ley no le fija vencimiento. En la práctica, bancos, colegios y municipios la aceptan si tiene menos de 30 a 90 días desde la fecha de firma. Como la firma electrónica avanzada deja registrada la fecha y hora exactas, conviene emitirla poco antes de presentarla en vez de reutilizar una antigua.
¿Qué pasa si miento en una declaración jurada de ingresos?
Declarar falsamente ante la autoridad o sus agentes es delito: el artículo 210 del Código Penal lo castiga con presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez UTM. Además, la institución puede rechazar el trámite, dejar sin efecto el beneficio o cobrarte lo que ya entregó. Declara montos que puedas respaldar.
Base legal: Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación: su artículo 3 establece que los actos suscritos con firma electrónica son válidos y producen los mismos efectos que los otorgados por escrito en papel, con excepciones expresas (entre ellas los actos relativos al derecho de familia y aquellos en que la ley exige la concurrencia personal o una solemnidad que no puede cumplirse por documento electrónico); su artículo 5 regula el valor probatorio de la firma electrónica avanzada. La Ley N° 21.582 (2023), artículo 1, dispone que los organismos del Estado no deberán exigir autorizaciones notariales de firmas para trámites ante ellos, salvo que la ley o un reglamento lo requiera expresamente. La Ley N° 21.772 entró en vigencia el 2 de abril de 2026 y moderniza el sistema notarial y registral, aunque sus obligaciones digitales aún no rigen: dependen de un reglamento que todavía no se dicta. Declarar falsamente ante la autoridad o sus agentes está sancionado por el artículo 210 del Código Penal.
Declaración jurada de ingresos, listo hoy
Completas los datos, invitas a quienes firman y cada uno firma desde donde esté. Sin ir a ninguna oficina.
Crear mi documento →Otros documentos
Completas el contrato en pantalla, agregas al arrendador y al arrendatario, y cada uno firma desde su correo. Firma electrónica avanzada a $4.990 por firmante, y el PDF firmado le llega a todos.
La completas en pantalla, la firmas con firma electrónica avanzada y descargas el PDF firmado el mismo día. $4.990 por firmante, sin ir a la notaría.
Completas la plantilla en pantalla, agregas al firmante y firman en línea. Sin ir a la notaría, desde $2.990 por firmante, y el PDF firmado le llega por correo a cada uno el mismo día.
Redacta tu renuncia con los 30 días de aviso que pide el Código del Trabajo, fírmala en línea y descarga el PDF el mismo día.