Las dos son firma electrónica y las dos tienen validez legal en Chile (Ley N° 19.799). Lo que cambia es cómo se comprueba quién firmó — y por eso cambia el precio y lo que aguanta si alguien la discute.
Firma simple (FES)
Precio
$2.990 por firmante, IVA incluido
Quien firma abre el correo, lee el documento y dibuja su firma. No necesita clave, ni cuenta, ni instalar nada, y no tiene que ser chileno. Queda registrado su correo, su IP y la fecha y hora exactas.
Conviene para documentos entre partes que se conocen y que difícilmente van a terminar en tribunales: acuerdos simples, autorizaciones, recibos, cartas, reglamentos internos, actas.
Firma avanzada (FEA)
Precio
$4.990 por firmante, IVA incluido
Quien firma usa un certificado emitido a su nombre por un prestador acreditado ante la Entidad Acreditadora del Ministerio de Economía. Escribe su PIN —el que creó al enrolarse con su Clave Única— y un código que le llega en ese momento. Necesita cédula de identidad chilena vigente.
Conviene para poderes, contratos formales, documentos que van a un organismo público, montos altos, o cualquier cosa que podría terminar discutiéndose. La ley le da el mismo valor probatorio que un instrumento público, salvo en cuanto a la fecha (art. 4 de la Ley N° 19.799).
Cómo elegir en dos preguntas
- 1¿Alguien te dijo cuál pedía —un banco, un municipio, un servicio público, tu contraparte? Esa. La institución manda y no hay nada que decidir.
- 2Si nadie te dijo: ¿este documento podría terminar en una discusión seria o en tribunales, o hay plata de por medio? Sí, firma avanzada. No, firma simple basta.
Si dudas, elige avanzada. La diferencia de precio es chica al lado de tener que rehacer un trámite que no sirvió — y una firma avanzada nunca es «demasiado» para un documento que pedía simple.
Lo que NINGUNA de las dos puede firmar
El artículo 3 de la Ley N° 19.799 deja fuera los actos que por ley necesitan una solemnidad que la firma electrónica no reemplaza. Estos van sí o sí ante notario o ministro de fe:
- 1Compraventa, hipoteca o donación de bienes raíces, y el poder para vender un inmueble.
- 2Testamentos y actos de familia (matrimonio, adopción, reconocimiento de hijos).
- 3Pagarés y letras de cambio con mérito ejecutivo.
- 4El finiquito laboral: para que tenga pleno mérito debe ratificarse ante la Inspección del Trabajo, un notario o en Mi DT.
¿No sabes si tu documento es de esos? Súbelo al revisor con inteligencia artificial antes de comprar: es gratis y te dice si se puede firmar electrónicamente y cuál de las dos conviene.